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Planes de Autoprotección

Son los planes de seguridad de protección civil asociados a alguna actividad, centro o instalación concretos están regidos a nivel estatal por la NBA (Normativa básica de autoprotección) ya nivel autonómico, en Cataluña, por el Decreto 30/2015. Estas normativas requieren la redacción de un Plan de Autoprotección. El objetivo es minimizar los daños personales y materiales en caso de emergencia integrándose en planes de ámbito superior. Tener conocimiento de los posibles riesgos, de qué medios se dispone para hacer frente y cómo se organiza el personal para gestionar la situación de manera eficaz mientras llegan los equipos de ayuda externa.

¿Quién necesita un PAU?

Las personas, empresas, entidades y organismos que realizan actividades que pueden generar situaciones de grave riesgo colectivo, así como las actividades, los centros y las instalaciones que pueden resultar afectados de manera especialmente grave para estas situaciones, son   obligados a adoptar medidas de autoprotección, ya mantener los medios personales y materiales necesarios para afrontar situaciones de riesgo y de emergencia.

Encontrará la lista de actividades afectadas en el Decreto 30/2015 

Si la actividad que quiero desarrollar no está afectada

Si la actividad no se encuentra dentro de la lista del Decreto 30/2015, la responsabilidad para con los trabajadores y las instalaciones debería impulsar la elaboración de un Plan de Emergencias

El Plan de Emergencias es la planificación y organización del equipo humano para la optimización del tiempo y la utilización medios previstos para reducir   las posibles consecuencias de una situación de emergencia.

¿Qué debo hacer?

Una vez elabora t el PAU, se debe realizar la implantación. Refiriéndose a la instalación de todos los medios definidos en el documento, realizando la formación de los equipos de emergencia y la realización de simulacros.

Los simulacros son de vital importancia para detectar defectos en la instalación y posibles ineficacias del protocolo de actuación.